Políticas y Procedimientos para Traslado de Mascotas
• LASER Airlines acepta animales vivos para su traslado por vía aérea, en vuelos nacionales e internacionales, a los denominados animales de servicio y apoyo emocional, única y exclusivamente en cabina de pasajeros.
• No se aceptará animales vivos (AVIH) para su traslado por vía aérea en vuelos nacionales o internacionales, en compartimiento de carga.
• Se podrá aceptar hasta un máximo de tres (3) AVI en cabina de vuelo.
• La mascota a transportar debe gozar de buen estado de salud. En caso que el animal necesite ser trasladado para recibir un tratamiento apropiado, deberá viajar con una persona o veterinario calificado y aprobado por el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI).
• El servicio de traslado de mascota está habilitado en todas las rutas nacionales. En el caso de las rutas internacionales la única en la que no se encuentra habilitado el servicio es en la ruta Caracas - Curazao - Caracas.
• Los pasajeros deben notificar al menos con cuarenta y ocho (48) horas de antelación al vuelo, que viajarán con un animal de servicio o de apoyo emocional (SVAN), debiendo quedar constancia de ello en su reserva, ya que, una vez alcanzado el límite (3 por vuelo), el sistema emitirá la orden de prohibición. Asimismo, consignar los documentos y permisos que acrediten el cumplimiento de los requisitos legales pertinentes y los exigidos por Laser Airlines, entre ellos la presentación de la certificación de adiestramiento como perro de servicio o certificado de animal de apoyo emocional y el certificado de salud correspondiente emitido por la autoridad competente para ambos casos.
• El pasajero deberá notificar al momento de la reserva que viajará con un animal de servicio o de apoyo emocional, a fin de dejar constancia en la reserva y así no exceder el límite permitido de mascotas por vuelo.
• Se prohibirá el traslado de animales vivos que, por sus características particulares tales como mal olor o ruido, puedan ser molestos para el resto de los pasajeros y la tripulación.
• No se admitirán animales en estado de gestación, dependientes de la madre, o que hayan dado a luz dentro de las 48 horas previas al despacho. (Esta información podrá ser validada con el certificado vigente del médico veterinario).
• No podrán ser transportado en rutas nacionales e internacionales, perros o gatos menores de 4 meses de nacido.
• No se aceptará el uso de sedación en animales, ya que se desconocen los efectos secundarios y colocándolos en un estado de vulnerabilidad ante los posibles movimientos bruscos de la aeronave.
En caso de suministración de calmantes, el pasajero deberá realizar el llenado del formulario "Certificado del Expedidor para Animales Vivos".
• Laser Airlines, transporta animales vivos en la cabina de pasajeros, debidamente certificados y con su documentación legal, reglamentaria vigente, de acuerdo a los parámetros establecidos en las normas legales aplicables y en los requisitos exigidos por la empresa.
• A fin de garantizar la seguridad operacional y de los pasajeros por vuelos solo serán aceptados un total de tres animales (3) animales, exceptuando rutas con restricciones de peso y balance como por ejemplo La Fría).
• Los animales braquicéfalos y sus cruces NO ESTÁN RECOMENDADOS para el transporte por vía aérea. Dichos animales serán aceptados con ciertas restricciones y el pasajero deberá llenar el Certificado del Expedidor para Animales Vivos.
A continuación se indican algunos ejemplos de razas con la condición braquicéfala:
Caninos: Boxer, Bulldog francés, Pekinés, Shar Pei, Bulldog Inglés.
Felinos: Burmés, Persa, Himalayo y Exotic Snorthair.
Traslado de mascotas de apoyo emocional
• Laser Airlines, aceptará como animal de apoyo emocional únicamente a perros y gatos.
• Se aceptarán pasajeros con mascotas de apoyo emocional en cabina con un peso máximo de 8 kg, incluyendo el kennel blando, tanto en vuelos nacionales como internacionales.
• Los animales deben poseer su respectivo arnés, bozal, contenedor/kennel blando y estar debidamente identificados.
• Las especificaciones para el contenedor o kennel blando/Soft deben ser 36 largo x 33 ancho x 23 alto (médidas máximas en centímetros). Deben ser proporcional al tamaño del animal. Una vez el animal se encuentre dentro del kennel blando, este debe ser capaz de estar parado sin que su cabeza toque el techo, deben girar sin chocar con los laterales y estar acostado de una manera cómoda, ya que queremos garantizar el bienestar de su mascota.
• Desde el 1 de septiembre de 2022 todo pasajero que viaje con mascota de apoyo emocional en cabina, deberá cancelar por el servicio en rutas nacionales el monto de USD 20 y en rutas internacionales USD 100.
El cobro de estos montos se realizará directamente en aeropuerto, una vez verificada la documentación requerida para el traslado de la mascota en cabina.
• Se aceptará una (1) mascota de apoyo emocional por pasajero.
• Los animales no deberán ser ubicados en salidas de emergencia, pasillos o lugares de la aeronave en los que puedan obstruir el tránsito normal de los pasajeros.
• Los animales de apoyo emocional deben ser sociables o al menos no agresivos con otras personas o animales.
•La documentación para el traslado de mascotas de apoyo emocional es el siguiente:
Vuelos nacionales |
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Certificado de salud sanitario del país de origen (expedido por un médico veterinario colegiado). |
Permiso de movilización expedido por el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI). |
Tarjeta de vacunación (perro: sextuple canica, gatos: triple felina). |
Certificado de vacuna contra la rabia. |
Certificado de desparasitación. |
Certificado de adiestramiento como animal de apoyo emocional o un certificado de entrenamiento como buen ciudadano canino, por medio del cual el pasajero garantice a Laser Airlines, el buen comportamiento del animal durante el vuelo. |
Documento emitido por un médico especialista con licencia que declare que el pasajero padece una condición psicológica o emocional que amerite el apoyo de un animal. El mismo no debe tener una fecha de emisión mayor a seis (6) meses. |
La documentación requerida para los vuelos nacionales se debe presentar con un (1) juego original y dos (2) juegos de copias. |
Vuelos internacionales |
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La documentación en vuelos internacionales puede variar según el país destino, por consiguiente, recomendamos a los pasajeros/clientes verificar los requisitos exigidos para el ingreso de animales según su destino. |
Certificado de salud sanitario del país de origen (expedido por un médico veterinario colegiado). |
Tarjeta de vacunación (perro: sextuple canica, gatos: triple felina). |
Certificado de vacuna contra la rabia. |
Certificado de desparasitación. |
Certificado de adiestramiento como animal de apoyo emocional o un certificado de entrenamiento como buen ciudadano canino, por medio del cual el pasajero garantice a Laser Airlines, el buen comportamiento del animal durante el vuelo. |
Documento emitido por un médico especialista con licencia que declare que el pasajero padece una condición psicológica o emocional que amerite el apoyo de un animal. El mismo no debe tener una fecha de emisión mayor a seis (6) meses. |
Permiso de exportación. |
La documentación requerida para los vuelos internacionales se debe presentar con un (1) juego original y dos (2) juegos de copias. |
Para los vuelos de ida y de retorno vía República Dominicana con conexiones posteriores y aerolínea aliada, se debe presentar un (1) juego de documentos originales y tres (3) juegos de copias. |
Traslado de animales de servicio
• Solo son aceptados como animales de servicio unicamente a perros, de acuerdo a los parámetros establecidos en las normas legales y aplicables y previo cumplimiento de los requisitos exigidos por LASER Airlines.
• Los animales de servicio que acompañen a personas con discapacidad visual, auditiva o motora, tienen derecho a que permanezcan en compañía de su propietario y con uso de un bozal durante todo el vuelo. Para la aceptación de estos animales, se debe contemplar una certificacion de adiestramiento como animal de servicio, debidamente identificado y el certificado de salud correspondiente.
• Se aceptarán pasajeros que viajen con animales de servicio en cabina con un peso máximo de 30 kg.
• Se aceptará un (1) perro como animal de servicio por pasajero.
• Los animales deben ser ubicados en el mamparo de la primera fila, no deberán ser ubicados en salidas de emergencia, pasillos o lugares de la aeronave en los que puedan obstruir el tránsito normal de los pasajeros.
• Los animales deben poseer su respectivo arnés, bozal y estar debidamente identificados.
• Estos animales están exentos de pago para su transporte por vía aérea.
•La documentación para el traslado de animales de servicio es el siguiente:
Vuelos nacionales |
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Certificado de salud sanitario del país de origen (expedido por un médico veterinario colegiado). |
Permiso de movilización expedido por el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (INSAI). |
Tarjeta de vacunación (perro: sextuple canica, gatos: triple felina). |
Certificado de vacuna contra la rabia. |
Certificado de desparasitación. |
Certificación de adiestramiento como animal de servicio. |
Carnet que certifique la discapacidad del pasajero, emitido por el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS), en los casos que aplique. |
La documentación requerida para los vuelos nacionales se debe presentar con un (1) juego original y dos (2) juegos de copias. |
Vuelos internacionales |
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La documentación en vuelos internacionales puede variar según el país destino, por consiguiente, recomendamos a los pasajeros/clientes verificar los requisitos exigidos para el ingreso de animales según su destino. |
Certificado de salud sanitario del país de origen (expedido por un médico veterinario colegiado). |
Tarjeta de vacunación (perro: sextuple canica, gatos: triple felina). |
Certificado de vacuna contra la rabia. |
Certificado de desparasitación. |
Permiso de exportación. |
Carnet que certifique la discapacidad del pasajero, emitido por el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS), en los casos que aplique. |
La documentación requerida para los vuelos internacionales se debe presentar con un (1) juego original y dos (2) juegos de copias. |
Para los vuelos de ida y retorno vía República Dominicana con conexiones posteriores y aerolínea aliada, se debe presentar un un (1) juego de documentos originales y tres (3) juegos de copias. |
Pasajeros que viajen con mascotas a La Romana con conexión posterior y aerolínea aliada
Le recordamos que LASER Airlines acepta el traslado de mascotas exclusivamente en cabina de pasajeros en sus vuelos nacionales e internacionales, siempre y cuando sean de apoyo emocional o los denominados animales de servicio.
De acuerdo con el Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC), todo pasajero que viaje con un canino en la ruta de Caracas hacia La Romana con conexión posterior, debe registrarse y tener aprobado el permiso de Importación de Perros de los CDC.
Dicho permiso se debe canalizar a través del correo electrónico cdcanimalimports@cdc.gov al menos 30 días hábiles (6 semanas) antes de la fecha prevista del viaje.
Para conocer en detalle los requisitos de cómo solicitar el permiso de importación de perros de los CDC, visita el siguiente enlace: https://www.cdc.gov/importation/bringing-an-animal-into-the-united-states/apply-dog-import-permit.html
Nota: El permiso del CDC no será exigido a aquellos pasajeros que hayan viajado con su mascota canina desde EEUU hacia Venezuela y nuevamente retornen al territorio americano.
La mascota al viajar sea en ambos trayectos (ida y vuelta) debe poseer la tarjeta de vacunación o registro actualizado de las vacunas, incluyendo la antirrábica y el microchip compatible con la ISO.
Pasajeros que viajen con mascotas a Bogotá
Le recordamos que LASER Airlines acepta el traslado de mascotas exclusivamente en cabina de pasajeros, siempre y cuando sean de apoyo emocional o los denominados animales de servicio.
Según las regulaciones del Instituto Oficial Colombiano (ICA) para el de ingreso de mascotas (perros y gatos) a Colombia, se debe realizar el siguiente proceso:
Antes de salir de Venezuela
1.Registrarse como usuario ICA en el siguiente link http://afrodita.ica.gov.co/ADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR/AddADM_IMPORTADOR_EXPORTADOR_PUB.aspx A través de su correo electrónico recibirá el usuario y contraseña de acceso al sistema; lo cual se requiere para iniciar la solicitud del Certificado Inspección Sanitaria- CIS, que autoriza el ingreso de su mascota al país. Es obligatorio realizar el registro 12 horas antes del vuelo.
El pasajero debe mostrar el email en el que se indique que se encuentra registrado Instituto Oficial Colombiano (ICA).
Si al momento del registro, el sistema arroja mensaje de error o que ya se encuentra registrado, debe comunicarse con: direccion.logistica@ica.gov.co
2. Con el usuario y contraseña asignado, ingresar al SISPAP (Sistema de Información sanitaria para importación y exportación de productos agrícolas y pecuarios) y realizar la solicitud del certificado de inspección Sanitaria – CIS
3. Diligenciar la información requerida, la cual incluye los datos del pasajero y de la mascota.
Para ingresar y hacer su solicitud de inspección y el pago correspondiente ingrese al siguiente el link: https://afrodita.ica.gov.co/Security/SignIn.aspx
A continuación podrá ver el tutorial del proceso descrito anteriormente, ingresando al siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=bEZUxdVMDRQ&t=41s
4. Imprimir la solicitud del certificado de inspección Sanitaria – CIS y el comprobante de pago, los cuales deberán presentar al momento del ingreso al país.
Recuerde qué:
En caso de viajar con mascotas de diferentes especies (perro y gato) deberá realizar la solicitud por cada una de ellas.
En caso de viajar con 2 o más mascotas de la misma especie (perro o gato) podrá realizar una sola solicitud (hasta 10 animales por solicitud).
Al ingresar a Colombia
Pasajero que ingrese a Colombia, deberá dirigirse con la mascota a la oficina del ICA del aeropuerto, puerto o paso de frontera por el cual ingresa, para adelantar la emisión del Certificado de Inspección Sanitaria – CIS, donde se realizará por parte del ICA el siguiente proceso:
1. Inspección Documental:
Se validarán los siguientes documentos:
a) Presentar impresos la solicitud para la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria CIS, junto al comprobante de pago, los cuales fue tramitados a través del SISPAP.
b) Original del Certificado Sanitario: Expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen (con sello y firma original o electrónica) con fecha de expedición no mayor a diez (10) días calendario previo al ingreso de las mascotas; en el cual se certifique:
- Características de la mascota: especie, raza, sexo, edad, color del pelaje y otras señas particulares.
- Que la mascota se encuentra libre de enfermedades infecto contagiosas transmisibles y parasitarias
- Que la mascota ha recibido un tratamiento antiparasitario interno y externo, dentro de los 60 días previos al viaje, indicando: nombre del producto, principio activo y la fecha de administración del mismo.
Que la mascota se encuentra en condiciones sanitarias aptas para ser transportada.
c) Certificación de vacunación vigente: El cual incluya nombre de la vacuna, número de lote, fecha de administración y fecha de vigencia; para las siguientes enfermedades:
*Perros: rabia, Enfermedad de Carré (Distemper), hepatitis canina, leptospirosis (canícola e icterohemorragiae), Parvovirus, Coronavirus, Parainfluenza.
*Gatos: rabía, Panleucopenia felina.
Tener en cuenta:
Para mascotas vacunadas por primera vez contra la rabia esta deberá haber sido aplicada con una antelación mínimo de 21 días a la fecha de embarque. La edad mínima para el ingreso de la mascota al país es de 15 semanas.
En el caso, que en el país de origen no se realice la vacunación contra la rabia para perros y gatos, el propietario o responsable deberá presentar la respectiva certificación del servicio sanitario oficial donde se especifique que esta vacunación no se realiza. Su ingreso al país estará condicionado a que la mascota realice una cuarentena domiciliaria, durante la cual la mascota deberá ser vacunada contra la rabia por un médico veterinario o médico veterinario zootecnista particular con matrícula profesional y con biológicos que estén registrados por el ICA en el país.
Para la certificación de vacunación de las otras enfermedades diferentes a la Rabia, en caso de no registrase la misma(s), el propietario o responsable deberá presentar la respectiva certificación del servicio sanitario oficial donde se especifique que esta vacunación no se realiza en el país de origen. En este caso, se permitirá el ingreso de la mascota sin necesidad de realizar cuarentena domiciliaria.
2. Revisión de la mascota:
El inspector del ICA, revisara que la mascota corresponde a los documentos presentados y que se encuentra en condiciones aptas para el ingreso al país
3. Emisión del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS):
Si la inspección documental y física son satisfactorias, se emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS).
Nota:
Si la inspección no es satisfactoria y de acuerdo al estado de salud de la mascota, se procederá a tomar una de las siguientes medidas sanitarias: Retención, cuarentena domiciliaria, reembarque o sacrificio sanitario humanitario. El propietario o responsable de la mascota deberá asumir los costos y responsabilidades de la medida sanitaria aplicada.
Se recomienda para las mascotas que retornan a países miembros de la Unión Europea u otros países que exijan la prueba serológica de anticuerpos para la rabia, realizarla antes de su desplazamiento a Colombia.
Ante la imposibilidad de realizar el proceso de la solicitud del certificado de inspección sanitaria –CIS a través del SISPAP, este podrá adelantarse en la oficina del ICA ubicada en el sitio de ingreso, para lo cual se deberá presentar la mascota, los documentos físicos relacionados en el punto 2 y el pago del mismo se realizará directamente en la oficina, teniendo en cuenta lo siguiente:
FORMA DE PAGO
En el punto de ingreso se reciben tarjetas débito y crédito de las franquicias: CREDIBANCO, MASTERCARD, VISA y AMERICAN EXPRESS.
No se recibe dinero en efectivo.
Códigos de los servicios a pagar, según sea el caso:
Para consultar el valor de la inspección y emisión del Certificado de Inspección Sanitaria - CIS, consultar el siguiente link: https://www.ica.gov.co/oferta-institucional/tarifas
Expedición de CIS, en los horarios normales de atención al público. Código de servicio ICA: 04223.
Expedición de CIS - Servicio especial, En el horario de atención diferente al horario normal, previa solicitud por escrito a la oficina por donde ingresa o sale la mascota con antelación de 48 horas. Código de servicio ICA: 04221.
Para los casos el pago de la cuarentena domiciliaria, el Código de servicio ICA: 04254 (En el Banco Davivienda el código de servicio que se debe reportar es 25472).
Para los viajeros que tengan cuenta bancaria con entidades financieras en el exterior deberá contar con autorización previa de la entidad financiera del país de origen.
Información suministrada a través del siguiente portal web: https://www.ica.gov.co/importacion-y-exportacion/otros-procedimientos/requisitos-para-importar-mascotas/ingreso-de-perros-y-gatos-a-colombia